Origen: Otras Campanas – Medios alternativos
«La actividad realizada por los servicios de comunicación audiovisual se considera una actividad de interés público, de carácter fundamental para el desarrollo sociocultural de la población por el que se exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones.»
Art. 2 Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual 26.522, derogada parcialmente por el decreto de necesidad y urgencia DNU 267 firmado el 29 de diciembre de 2015.
«Reproduzca esta información, hágala circular por los medios a su alcance: a mano, a máquina, mimeógrafo, oralmente. Mande copias a sus amigos: nueve de cada diez las estarán esperando. Millones quieren ser informados. El terror se basa en la incomunicación. Rompa el aislamiento. Vuelva a sentir la satisfacción moral de un acto de libertad. Derrote el terror. Haga circular esta información». -Rodolfo Walsh.